Préstamo Ordinario
Este préstamo será concedido por el monto para Jubilados hasta 45,000.00, No Jubilados hasta 20,000.00 y Terceros hasta 7,000.00.
Todo asociado que tenga capacidad de descuento y garantías de buen crédito podrá solicitar préstamos que sobrepasen el monto establecido y asuma la cobertura total de la póliza de seguro del préstamo. Además se podrá refinanciar si tiene capacidad de descuento.
Se le exigirán garantías adicionales a los asociados que rebasen los 70 años.
Condiciones:
- Pago por Descuento Directo
- Se Capitaliza
- Cargo por Manejo
- Gasto de Notaria
- Pago de reserva de préstamo Incobrable
- Seguro de Préstamo
- Se Cobra Interés sobre saldo
- Retención de una letra mensual
- APC no morosa.
Todo asociado que tenga capacidad de pago y una edad aceptable se le puede extender el plazo de pago, siempre y cuando el vencimiento del préstamo no sea después de los 79 años.